LEY ORGANICA ESCRIBANOS MICHOACAN 1876

El Congreso de Michoacán de Ocampo decreta la siguiente LEY ORGANICA DE ESCRIBANOS TITULO I De los escribanos y sus atribuciones Núm. 100. Art. 1º Escribano es el funcionario establecido para reducir á instrumento público los actos, contratos y últimas voluntades en los casos que las leyes lo prevengan ó Read more…