Códigos
Código Civil 1870 para el Distrito Federal y Territorio de la Baja California. De las actas de Tutela arts 106 a 109
CAPITULO IV De las actas de tutela, Art. 106 Pronunciado el auto de discernimiento de la tutela y publicado en los términos que previene el artículo 525, el tutor dentro de setenta y dos horas después de hecha la publicación, presentará copia certificada del auto referido al encargado del registro, Read more…