Códigos
Código Civil 1870 para el Distrito Federal y Territorio de la Baja California. De los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio arts 198 a 215
CAPITULO III De los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio. Art. 198 Los cónyuges están obligados á guardarse fidelidad, á contribuir cada uno por su parte á los objetos del matrimonio y á socorrerse mutuamente. 199 La mujer debe vivir con su marido. 200 El marido debe dar alimentos Read more…